Iberocruceros 2012 Condiciones Seguro Opcional

Iberocruceros 2012 Condiciones del Seguro Opcional. Como ya sabes siempre que contrates un viaje combinado con la compañía de cruceros Iberocruceros, con el fin de que viajes con todas las garantías y la tranquilidad necesaria para que tus vacaciones no tengan ningún contratiempo, tienes un Seguro Incluido en el precio del crucero. No obstante, si así lo deseas, puedes ampliar el número de coberturas y sus límites máximos de indemnización por sólo 36 euros por persona. Aquí tienes toda la información necesaria sobre el Seguro Opcional de Iberocruceros 2012, que incluye y que no, y como puedes contratarlo.
 
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Seguro Opcional del contrato de viajes de la compañía Iberocruceros.

 

RESUMEN DE COBERTURAS DEL CONTRATO Nº 300.336

El presente documento es un resumen de las garantías incluidas en las Condiciones Particulares y Generales de la póliza nº 300.336 suscrita entre SOCIETA DI CROCIERE JÚPITER, S.R.L. Sucursal en España y MONDIAL ASSISTANCE EUROPE, N.V. Sucursal en España. Las garantías no mencionadas se entenderán como no garantizadas en la póliza.

 

Las Condiciones de la póliza 300.336 se encuentran a su disposición en MONDIAL ASSISTANCE EUROPE, N.V. Sucursal en España o en SOCIETA DI CROCIERE JÚPITER, S.R.L. Sucursal en España.

 

Si lo prefieres puedes descargarte el archivo del Seguro Opcional de Iberocruceros en 2012

 

IberoCruceros 2012 Seguro Opcional     IberoCruceros 2012 Condiciones Seguro Opcional

 

Te recomendamos que leas estos archivos para que existan dudas cuando viajes con Iberocruceros en 2012. En las siguientes líneas encontrarás lo más importante de los mismos:

Ponte en contacto con nosotros para que te resolvamos cualquier duda que tengas.

 

GARANTÍAS CUBIERTAS Y LÍMITES POR ASEGURADO Y VIAJE

Incluye las siguientes garantías de las Condiciones Generales. Las garantías no mencionadas se entenderán como no garantizadas en el presente contrato.

 

ANULACIÓN

Quedan garantizados todos aquellos casos en los que la anulación esté justificada por:

1.1. Enfermedad grave, accidente corporal grave o fallecimiento de:

- El asegurado y familiares tal como se definen en esta póliza.

- Por enfermedad grave se entiende una alteración de salud constatada por un profesional médico, que implique hospitalización o necesidad de guardar cama, que dicha situación se mantenga dentro de los 7 días previos al viaje y que según el criterio del equipo médico de MONDIAL ASSISTANCE haga médicamente imposible su inicio en la fecha prevista. Cuando la enfermedad afecte a familiares del asegurado, tanto si están asegurados en el mismo viaje como si no, se entenderá como grave cuando implique hospitalización o conlleve riesgo de muerte inminente y dicha situación se mantenga dentro de los 7 días previos al viaje.

- Por accidente grave se entiende un daño corporal no intencional por parte del asegurado, proveniente de la acción imprevista de una causa exterior, constatada por un profesional médico, que implique hospitalización o necesidad de guardar cama, que dicha situación se mantenga dentro de los 7 días previos al viaje y que según el criterio del equipo médico de MONDIAL ASSISTANCE imposibilite su inicio en la fecha prevista. Cuando el accidente afecte a los familiares, tal y como se definen en esta póliza, se entenderá como grave cuando implique hospitalización o conlleve riesgo de muerte inminente y dicha situación se mantenga dentro de los 7 días previos al viaje.

- Quedan garantizadas las anulaciones causadas por enfermedades preexistentes y complicaciones del embarazo siempre que exista una agravación sobrevenida después de la fecha de suscripción del seguro. Se excluyen partos y complicaciones del mismo a partir del 7º mes de gestación.

 

1.2. Perjuicios graves debido a robo, incendio, inundación, explosión o por efecto de la fuerza de la naturaleza, en su residencia habitual o en sus locales profesionales, propios o alquilados. Los perjuicios deberán hacer inhabitables la vivienda o local, o con grave riesgo de que se produzcan daños mayores que justifiquen de forma imprescindible su presencia el día de la salida.

 

1.3. Despido laboral del asegurado, en ningún caso entrará en vigor esta garantía por término del contrato laboral, renuncia voluntaria o no superación del periodo de prueba. En todo caso el seguro habrá de suscribirse antes de la comunicación escrita por parte de la empresa al trabajador.

 

1.4. Incorporación a un nuevo puesto de trabajo en una Empresa distinta con contrato laboral de duración no inferior a un año, siempre que dicha incorporación se produzca con posterioridad a la inscripción en el viaje.

 

1.6. Citación por transplante de un órgano, del asegurado o familiares, tal y como se definen en esta póliza, siempre que la citación para el transplante se reciba con posterioridad a la suscripción del seguro.

 

1.7. Citación para una operación grave del asegurado o familiares, tal y como se definen en esta póliza, siempre que la citación para la operación se produzca con posterioridad a la suscripción del seguro.

 

1.8. Convocatoria como miembro de una mesa electoral, recibida con posterioridad a la suscripción del seguro y que obligue al asegurado a asistir durante las fechas del viaje.

 

1.9. Entrega en adopción de un niño que coincida con las fechas previstas del viaje o estancia. La notificación de la entrega de la adopción debe haberse producido con posterioridad a la suscripción del seguro.

 

1.10. Anulación de un acompañante inscrito al mismo tiempo y asegurado para este mismo riesgo, por alguna de las causas de anulación cubiertas por la presente póliza, y que debido a ello tenga el asegurado que viajar solo.

 

1.11. Presentación como opositor a exámenes de oposiciones oficiales convocadas a través de un organismo público con posterioridad a la suscripción del seguro y que coincida con las fechas del viaje.

 

1.13. Traslado geográfico del puesto de trabajo, siempre que implique un cambio de residencia habitual del asegurado durante las fechas previstas del viaje y se trate de un trabajador por cuenta ajena. El traslado debe haber sido notificado al asegurado con posterioridad a la suscripción del seguro. A los efectos de la presente garantía se entenderá por residencia habitual aquella en la que el asegurado permanezca de forma permanente mas de 6 meses al año.

 

1.14 Retención policial del asegurado, ocurrida con posterioridad a la suscripción del seguro, que coincida con las fechas del viaje.

 

1.15 Declaración de renta paralela, efectuada por el Ministerio de Hacienda por cuantía superior a 601,01€, cuya presentación coincida con las fechas del viaje.

 

1.16 Complicaciones graves del embarazo o aborto involuntario, que por prescripción médica obliguen a guardar reposo absoluto en cama o exijan la hospitalización del asegurado, impidiendo la realización del viaje. Dichas complicaciones deben ser posteriores a la suscripción del seguro. Se excluyen partos y complicaciones del embarazo a partir del 7º mes de gestación.

 

1.18 Robo de documentación o equipaje que imposibilite al asegurado realizar su viaje y se haya producido 72 horas antes del inicio del viaje. Se deberá aportar la correspondiente denuncia policial.

 

1.21 Viaje ganado en sorteo público y ante notario con posterioridad a la reserva del viaje y que coincida con las fechas de los mismos.

 

Es requisito indispensable que el seguro se haya suscrito en el momento de la inscripción al viaje.


La garantía de anulación tomará efecto pasadas 24 horas desde la fecha de notificación por el tomador del seguro de las personas aseguradas, que en todo caso ha de coincidir con la fecha de adhesión al seguro y la de confirmación de la reserva, y cesará el día del comienzo del viaje, siempre que se haya realizado el abono de la prima.


El límite máximo de la indemnización por la anulación queda establecido en 3.000 € por persona.

 

Dentro del límite indicado anteriormente también quedará incluido, como parte del viaje, el vuelo de ida y vuelta fletado por Iberocruceros para transportar a los asegurados desde el puerto de salida y llegada del crucero. El importe del vuelo debe ser facturado directamente por Iberocruceros y venir desglosado en la factura total del viaje.


El baremo a aplicar para el cálculo de la indemnización será el publicado en el condicionado general del viaje.

 

En caso de anulación, el asegurado deberá advertir a la mayor rapidez posible al organizador del viaje que ha tenido conocimiento de un hecho que le impide comenzar el viaje, de forma que se limiten las consecuencias de la anulación. Asimismo, deberá ponerlo en conocimiento de MONDIAL ASSISTANCE dentro del plazo de siete días. Pasado este plazo, MONDIAL ASSISTANCE podrá reclamar los daños y perjuicios causados por falta de comunicación.

 

Exclusiones.

 

Queda excluido del seguro con carácter general las anulaciones de viaje producidas como consecuencia de:

 

- El consumo de alcohol, drogas y estupefacientes, salvo que éstos hayan sido prescritos por un médico y se consuman de la forma indicada.

 

- Las enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas que no necesiten una hospitalización superior a 7 días.

 

- Los actos dolosos, las negligencias del asegurado, así como las lesiones auto intencionadas, el suicidio o intento de suicidio.

 

- Los accidentes resultantes de la participación en apuestas, concursos, competiciones, duelos y riñas (salvo los casos de legítima defensa).

 

- Epidemias, cuarentena, polución, y catástrofes naturales.

 

- Guerra Civil o extranjera, declarada o no, motines, movimientos populares, actos de terrorismo, así como la inobservancia consciente de las prohibiciones oficiales.

 

- Todo efecto de una fuente de radioactiva, biológica o química.

 

- La falta o imposibilidad de vacunación y la imposibilidad médica de seguir el tratamiento necesario para viajar a determinados países.

 

- La no-presentación por cualquier causa de los documentos necesarios para viajar, tales como pasaportes, visados, billetes o carnets.

 

- Los partos y complicaciones del embarazo a partir del 7º mes de gestación.

 

- Consultas o reconocimientos médicos, revisiones periódicas, sesiones de rehabilitación, curas tratamientos estéticos.

 

- Cuando antes de los 7 días previos al inicio del viaje o estancia la situación de hospitalización o necesidad de guardar cama por accidente o enfermedad grave haya cesado

 

Asistencia

 

1.1 Traslado o repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente del asegurado durante el viaje: Ilimitado.

1.2. Gastos de prolongación de estancia en hotel: 75 € / día con un máximo de 10 días.

1.3. Desplazamiento de un familiar o acompañante en caso hospitalización del asegurado superior a 5 días (3 días en caso de menores o discapacitados) y siempre que estuviese solo: Ilimitado.

- Gastos de estancia en hotel para un familiar o acompañante: 75 € / día con un máximo de 10 días.

1.4. Repatriación del asegurado fallecido: Ilimitado.

- Gastos de acondicionamiento para el transporte del cuerpo: 600 €.

- Gastos suplementarios del transporte de los miembros de su familia asegurados o de un acompañante asegurado: Ilimitado.

1.5. Regreso anticipado por enfermedad grave, accidente grave o fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos, suegros, yernos, nueras, cuñados o tutores legales del asegurado: Ilimitado.

1.6. Regreso anticipado por perjuicios graves en el domicilio principal o local profesional: ilimitado.

1.7.Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización: 15.000 €.

1.8. Gastos odontológicos de urgencia: 60 €.

1.9. Transmisión de mensajes urgentes: Ilimitado.

1.10. Indemnización por interrupción de vacaciones: 3.000 €.

- Para poder aplicar esta garantía será obligación de Iberocruceros desglosar en la factura emitida al cliente, el importe correspondiente a los vuelos de ida y vuelta fletados por el mismo.

1.13. Demora de la salida del medio de transporte: 50 € cada 6 horas hasta un máximo de 300 €.

Queda incluida dentro de la presente cobertura la demora por “over booking” 50 € cada 6 horas hasta un máximo de 500 €.

1.16. Envío de medicamentos al extranjero: Ilimitado.

1.17. Atención a menores o discapacitados: Ilimitado.

1.18. Adelanto de fondos: 2.000 €.

1.19. Servicio de intérprete: Ilimitado.

1.20. Pérdida de pasaporte en el extranjero: 250 €..

1.25. Responsabilidad Civil: 25.000 €.

 

 

Te recomendamos que si quieres contratrar el Seguro Opcional de Iberocruceros te pongas en contacto con nosotros. Recuerda que, para que sea válido, debes contratarlo al mismo tiempo que el resto del crucero. Su precio son 36 euros por pasajero (incluidos menores de 2 años) que deberás abonarlos a la hora de hacer la reserva en firme.

 

Si tienes cualquier duda sobre el Seguro Opcional ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte a que viajes tranquilo con todo cubierto.

 

En I Love Viajes te informaremos, antes y a la hora de la formalización de la reserva, de la documentación específica necesaria para la realización del viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que te cubra de los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos probables implícitos al destino y al viaje contratado, en cumplimiento de la Ley General de Consumidores y Usuarios.

 

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